BorderConexion
Reubicación y movilidad

Visado no lucrativo: vivir en España sin trabajar

La residencia no lucrativa es para quien quiere vivir en España con sus propios ingresos o ahorros, sin trabajar aquí. La eligen sobre todo jubilados y personas que se toman un descanso planificado. Preparamos el expediente tal y como lo leerá el consulado: medios económicos, seguro y certificados revisados antes de presentar nada.

Esta vía encaja con

  • Jubilados con pensión, inversiones o rentas de alquiler
  • Personas con ahorros suficientes que dejan de trabajar
  • Parejas y familias que se trasladan con los mismos medios
  • Estadounidenses y otros nacionales de fuera de la UE que buscan una base estable en España

No está pensada para

  • Quien piense seguir teletrabajando: esta vía no permite trabajar en España, tampoco para empresas o clientes extranjeros
  • Quien quiera montar un negocio o trabajar por cuenta propia en España
  • Ciudadanos de la UE, el EEE o Suiza, que se registran por otro procedimiento

Requisitos clave

Medios económicos suficientes

La referencia es el 400% del IPREM para el solicitante principal y el 100% del IPREM por cada familiar adicional, en cómputo anual. El IPREM se actualiza, así que confirmamos la cifra vigente en la consulta. Los medios deben ser coherentes y demostrables.

Seguro médico privado

Una póliza de una aseguradora autorizada para operar en España, con cobertura completa equivalente a la sanidad pública: seguro médico sin copagos y sin carencias.

Certificado de antecedentes penales

Expedido por los países en los que has residido en los últimos años, con apostilla o legalización y, cuando haga falta, traducción jurada al español.

Certificado médico

Certificado que acredite que no padeces enfermedades con repercusiones graves para la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional. El formato exigido varía según el consulado.

Consulado competente

La solicitud se presenta en el consulado de España con competencia sobre tu lugar de residencia legal, no en el más cercano ni en el que tenga citas antes.

Pasaporte y formularios

Pasaporte con vigencia suficiente, el impreso de solicitud de visado nacional y el formulario de residencia (EX-01), además del pago de la tasa.

Información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas cambian; confirmamos tu caso en una consulta.

Última revisión: Base legal: LO 4/2000 (LOEX) · RD 1155/2024 (Reglamento de Extranjería) · LO 1/2025 (end of investor routes)

Cómo es el proceso

Consulta de vía

Confirmamos que la residencia no lucrativa encaja con tus planes, revisamos la referencia del IPREM vigente e identificamos tu consulado.

Plan y revisión de documentos

Recibes una lista de documentos adaptada a tu nacionalidad y consulado. Revisamos cada documento — apostillas, traducciones, fechas y medios económicos — antes de usarlo.

Solicitud en el consulado

Acudes a la cita consular en persona con un expediente completo e indexado. Si algún trámite exige legalmente un profesional colegiado, lo realiza nuestro colaborador identificado (abogado o gestor administrativo colegiado).

Seguimiento y requerimientos

Si el consulado emite un requerimiento, preparamos contigo la respuesta dentro del plazo.

Llegada a España

Con el visado concedido, entras en España dentro de su vigencia y gestionamos la cita de huellas para la TIE, el empadronamiento y el resto de trámites de llegada.

Tras la concesión

Tras entrar en España con el visado, solicitas tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) ante la Policía en el primer mes. La autorización inicial es temporal y debe renovarse antes de que caduque, acreditando que sigues cumpliendo los requisitos económicos y de seguro y que has residido efectivamente en España. Controlamos tus fechas de caducidad e iniciamos la renovación con antelación. Tras cinco años de residencia legal continuada, puedes optar a la residencia de larga duración.

Preguntas frecuentes

¿Puedo teletrabajar con el visado no lucrativo?

No. La residencia no lucrativa está pensada para quien no va a trabajar en España, y eso incluye el teletrabajo para empresas o clientes extranjeros. Si quieres seguir trabajando, lo habitual es valorar la residencia por teletrabajo de carácter internacional (nómada digital). Podemos analizar ambas en la consulta.

¿Cuánto dinero necesito para el visado no lucrativo?

La referencia es el 400% del IPREM para el solicitante principal y el 100% del IPREM por cada familiar adicional, en cómputo anual. Como el IPREM cambia y cada consulado puede valorar las pruebas de forma distinta, confirmamos la cifra vigente y los justificantes aceptados en la consulta.

¿El seguro médico tiene que ser español?

Debe emitirlo una aseguradora autorizada para operar en España y ofrecer cobertura completa aquí, sin copagos ni carencias. Muchos seguros de viaje o internacionales no cumplen este estándar. Revisamos las condiciones de la póliza antes de que la contrates o la presentes.

¿Puedo pedir la residencia no lucrativa estando ya en España?

Por regla general, la solicitud inicial se presenta en el consulado de España del país donde resides legalmente, no desde España. Existen excepciones limitadas y novedades con el reglamento de 2025, que revisamos caso por caso.

¿Sigue existiendo la golden visa?

No. Desde el 3 de abril de 2025, con la Ley Orgánica 1/2025, España suprimió todas las vías de residencia para inversores: inmuebles, inversiones financieras y proyectos empresariales. Si alguien te la sigue ofreciendo, tómalo como una señal de alarma. Para muchos antiguos candidatos, la residencia no lucrativa es la alternativa realista.

Relacionado

Conviértelo en un plan

El buscador tarda dos minutos. Una consulta lo convierte en un plan.

Solicitar consulta de vía